EL BAREMO DE LA BOLSA DE MURCIA DISCRIMINA A LAS MATRONAS QUE HAN ACCEDIDO A LA TITULACIÓN A TRAVÉS DEL EIR.

EL BAREMO DE LA BOLSA DE MURCIA DISCRIMINA A LAS MATRONAS QUE HAN ACCEDIDO A LA TITULACIÓN A TRAVÉS DEL EIR.

EL BAREMO DE LA BOLSA DE MURCIA DISCRIMINA A LAS MATRONAS QUE HAN ACCEDIDO A LA TITULACIÓN A TRAVÉS DEL EIR.

SIMAES cursa una propuesta formal para que el Baremo de Meritos Profesionales sea modificado e incluya valorar el haber superado el periodo de formación como E.I.R.

El Sindicato de Matronas Españolas (SIMAES) ha registrado en el día de hoy, 22 de Enero, una Propuesta de Resolución, dirigida al Director Gerente del Servicio Murciano de Salud, para que se ELIMINE del Baremo de Méritos Profesionales de la Categoría de Enfermería Especialista en Obstetricia y Ginecología (Matrón/a) el punto B.5., que indica:BOLSA DE EMPLEO Matronas MURCIA

B.5. Por tener la condición de funcionario, contratado laboral fijo o una relación estatutaria de carácter fijo con cualquier Administración Pública ………… 20 puntos.”

en consonancia con el resto de especialidades de enfermería, y se proceda a su SUSTITUCIÓN por otro apartado, con la misma denominación, que contenga la valoración de la especialidad adquirida vía EIR, como ya figura en otras especialidades médicas, con la siguiente redacción:

B.5. Por haber obtenido el título de la especialidad exigida para el acceso al puesto tras haber superado el periodo completo de formación como E.I.R., o bien un periodo equivalente de formación en centro con programa reconocido de conformidad con la Directiva 2005/36/CE, de 7 de septiembre de 2005, relativa al reconocimiento de cualificaciones profesionales……………… 20 puntos.”,

El motivo de esta petición son las denuncias recibidas en el Sindicato, que afectan a la profesión Matrona en su conjunto, y que exponen la discriminación que sufren las Matronas de Murcia y, por extensión de España, con respecto a Matronas que han adquirido su titulación en otros países europeos y, a su vez, con respecto a la valoración que se hace de la adquisición de la especialidad vía EIR con respecto a otras especialidades sanitarias adquiridas vía MIR, PIR, FIR ó BIR.

La justificación de la solicitud de Resolución argumenta que con la aplicación del APARTADO B.5. del actual baremo de méritos profesionales del Servicio Murciano de Salud, se otorga 20 puntos a las Matronas formadas en el Reino Unido por presentar un contrato indefinido (fijo) procedente de dicho país, aunque dicho contrato presente en la mayoría de los casos fecha de finalización del mismo (es decir, ha sido temporal) y, sin embargo, un contrato de iguales características en España (por vacante, contrato de larga duración, etc…) no es considerado acreedor de esta puntuación. Este es además un criterio heredado (trasladado) del baremo de enfermería generalista y que no figura en ninguna otra especialidad de enfermería, un motivo añadido más por el cual también se pide su eliminación. Por otra parte, el baremo de la bolsa del SMS no otorga puntuación alguna a la especialidad de Matrona vía EIR, caso contrario a lo que ocurre actualmente con los MIR, FIR, BIR o PIR, motivo por el cual se ha solicitado también la sustitución del apartado B.5. antes indicado.

En SIMAES creemos que debemos promover el cumplimiento de los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad en el acceso a la función pública, motivo por el cual se ha cursado esta solicitud de Resolución que implicaría, en su caso, una Resolución de modificación que ya cuenta con precedentes en la normativa de la Región de Murcia.

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