GALICIA SE SUMA POR FIN A LAS CCAA QUE ACREDITAN PARA PRESCRIBIR.

GALICIA SE SUMA POR FIN A LAS CCAA QUE ACREDITAN PARA PRESCRIBIR.

GALICIA SE SUMA POR FIN A LAS CCAA QUE ACREDITAN PARA PRESCRIBIR.

Un pasito más y sin noticias de los talonarios de órdenes de dispensación que, hipotéticamente (RD 1718/2010), deberían haberse emitido y distribuido entre las ya acreditadas y que ejercen libremente la profesión.

20 Julio 2021

Ciertamente las enfermeras de Galicia podrán, al fin, acreditarse para la prescripción, pero esto no es más que un pasito más en un proceso que debería haberse culminado hace años y que no termina de cerrarse. Nadie sabe nada de los talonarios a los que hace referencia el art. 4.3 del R.D. 1718/2010, de 17 de diciembre, que textualmente establece: “Las entidades, establecimientos o servicios a los que se refiere el apartado 1 del artículo 2 y los CONSEJOS GENERALES DE LAS ORGANIZACIONES COLEGIALES CORPORATIVAS de médicos, odontólogos, podólogos y ENFERMEROS con actividad privada y/o libre ejercicio profesional, SERÁN RESPONSABLES DE LA EDICIÓN, gestión, control e inspección de la impresión, distribución y entrega de sus talonarios e impresos de recetas médicas y órdenes de dispensación. Asimismo, adoptarán cuantas medidas resulten necesarias con el fin de evitar o corregir cualquier fraude, abuso, corrupción o desviación en esta materia”.

Después de casi tres años de la entrada en vigor del famoso RD de prescripción enfermera, en donde nos metieron a las Matronas pero nos exceptuaron (¿?), la Consellería de Sanidade de Galicia (aún queda La Rioja) aprueba la norma que permitirá (en futuro) iniciar el procedimiento para la acreditación de enfermeras y enfermeros del SERGAS (aquí entramos las Matronas)  para la indicación, uso y autorización de la dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano.

Enlace de acceso a la Orden: https://www.xunta.gal/dog/Publicados/2021/20210715/AnuncioC3K1-090721-0010_es.pdf

Los requisitos son los comunes en otras CCAA, y el procedimiento para la acreditación se iniciará de oficio, pero para ello se deberá:

  1. Estar dado de alta en FIDES
  2. Tener debidamente inscritos y acreditados documentalmente en FIDES los requisitos anteriormente indicados. El personal que ya lo tenga acreditado, no será necesario que vuelva a acreditarlo.

La acreditación se elaborará y se dictará trimestralmente, a favor de los enfermeros que vayan acreditando los requisitos. El SERGAS se otorga un plazo máximo de 6 meses para actualizar el sistema integrado de receta electrónica.

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.plugin cookies

ACEPTAR
Aviso de cookies