CANARIAS PRETENDE ASIGNAR DISCRECIONALMENTE LOS PUESTOS DE LAS MATRONAS DE A.P. EN EL SENO DE CADA AREA DE SALUD EN SU OPOSICIÓN, SIN TENER EN CUENTA LA PUNTUACIÓN ALCANZADA.
CANARIAS PRETENDE ASIGNAR DISCRECIONALMENTE LOS PUESTOS DE LAS MATRONAS DE A.P. EN EL SENO DE CADA AREA DE SALUD EN SU OPOSICIÓN, SIN TENER EN CUENTA LA PUNTUACIÓN ALCANZADA.
El SCS insiste en que el proceso es para acceder a una plaza de Matrona de Área, por lo que será cada Gerencia quien asigne los puestos en función de los criterios internos de movilidad, y en SIMAES nos oponemos porque incumplirían normas nacionales e internas.
21 Junio 2021
Los rumores se confirman. El Servicio Canario de Salud (SCS) pretende asignar discrecionalmente los puestos de trabajo a las Matronas de Atención Primaria que han superado el proceso de oposición y elegido, en el proceso de elección de área que concluyó ayer, su área de destino.
Insisten en que el proceso de selección era para adquirir plaza en una Área de Salud, no en un puesto concreto, por lo que la asignación del destino final estaría en manos de cada Gerencia por decisión de la Dirección General de Recursos Humanos. En definitiva y sin ningún rubor aseguran que se les asignará el CIAS de la Gerencia del Área.
Les hemos comunicado que un llamamiento no es un proceso de elección de área, que se confunden y generan incertidumbre, que un llamamiento es aquel que se realiza a todas las Matronas que han elegido un área y, por el orden de puntuación, elige el puesto entre los vacantes en el momento de la convocatoria de oposiciones (o como resultado de traslados, como es este el caso), que el resto son elucubraciones sin sentido ni justificación jurídica.
También le hemos hecho saber que la movilidad interna en el área (movilidad intraárea) es un proceso de carácter voluntario, es decir, se permite voluntariamente acceder a una plaza que ha quedado vacante por cese, jubilación, invalidad, etc., mediante un llamamiento conjunto a todas las Matronas del área que, libremente, podrán optar a la misma en función de una serie de criterios, como la antigüedad, pero no de manera automática para reasignar puestos u obligatoriamente, como ahora se pretende. Su contestación es que no existe ninguna regulación a este respecto en Canarias.
Como toda su argumentación es remitirse a la norma de la convocatoria de oposiciones, se les ha recordado que precisamente, en la base 14, relativa a la Petición y Adjudicación de plazas, se establece literalmente que “Una vez publicada la relación definitiva de personas aspirantes que superen el concurso-oposición…, esta Dirección General, mediante Resolución …, establecerá la fecha y el procedimiento para la petición de plazas, así como, en su caso, las concretas Zonas Básicas de Salud y Equipos de Atención Primaria.”, por lo que SIMAES requerirá a la Dirección General de Recursos Humanos que establezca la fecha y procedimiento para la petición de plaza dentro de cada Área, ya que el proceso de elección de área ya se ha realizado, concretando las ZBS de destino ofertadas. No reaccionan y nos tememos que esto terminará en un contencioso, sino el tiempo.
Este asunto va para largo y traerá cola. Se pretende “beneficiar” a las Matronas que llevan años en el SCS (por culpa de la misma Administración Canaria, que no convoca en tiempo y forma), por encima de los criterios de MERITO Y CAPACIDAD que establece la normativa general para el acceso a la función pública, y obviamente no lo vamos a permitir y así se lo hemos comunicado.