ANDALUCIA PUBLICA EL DECRETO QUE REGULA LA ACREDITACIÓN ENFERMERA PARA LA “INDICACIÓN, USO Y AUTORIZACIÓN DE DISPENSACIÓN DE MEDICAMENTOS Y PRODUCTOS SANITARIOS DE USO HUMANO”.

ANDALUCIA PUBLICA EL DECRETO QUE REGULA LA ACREDITACIÓN ENFERMERA PARA LA “INDICACIÓN, USO Y AUTORIZACIÓN DE DISPENSACIÓN DE MEDICAMENTOS Y PRODUCTOS SANITARIOS DE USO HUMANO”.

ANDALUCIA PUBLICA EL DECRETO QUE REGULA LA ACREDITACIÓN ENFERMERA PARA LA “INDICACIÓN, USO Y AUTORIZACIÓN DE DISPENSACIÓN DE MEDICAMENTOS Y PRODUCTOS SANITARIOS DE USO HUMANO”.

El Decreto entra en vigor el próximo día 23 de Julio.

24 JUNIO 2020

Mediante el Decreto 81/2020, de 9 de junio, publicado en el BOJA de ayer, 23 de junio, se establece el procedimiento de acreditación del personal de enfermería para la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano.

Se aplicará para acreditar al personal de enfermería que desarrolle su actividad profesional, tanto en el ámbito de los cuidados generales como en el de los cuidados especializados, en servicios sanitarios públicos y privados de la Comunidad Autónoma de Andalucía e, incluso, al personal de enfermería residente en Andalucía que no esté desarrollando la actividad profesional  antes citada.

El procedimiento de acreditación se iniciará a solicitud de la persona interesada y, sin perjuicio de esto, se iniciará de oficio cuando el profesional desarrolle su actividad profesional en servicios sanitarios del Servicio Andaluz de Salud o de las agencias públicas empresariales sanitarias de Andalucía y tenga una experiencia mínima de UN AÑO, o tenga acreditada, mediante el correspondiente certificado, la superación de un curso de adaptación ofrecido a efectos de acreditación por la Administración sanitaria. Igualmente cuando desarrolle su actividad en servicios sanitarios privados y tenga acreditada la superación del curso de adaptación.

Procedimiento de ACREDITACIÓN DE OFICIO: “El personal de enfermería que desarrolle su actividad en servicios sanitarios del Servicio Andaluz de Salud o de sus agencias públicas empresariales sanitarias adscritas, y que tenga una experiencia mínima de un año, en el ámbito de los cuidados generales, especializados o en ambos, o que tenga acreditada mediante el correspondiente certificado la superación de un curso de adaptación ofrecido a efectos de acreditación por la Administración sanitaria, será acreditado de oficio por el órgano directivo central de la Consejería competente en materia de salud que tenga atribuida la competencia de acreditaciones profesionales sanitarias.”

Asimismo, la solicitud se hará por medios electrónicos con el modelo que colgará la consejería en su sede electrónica.

El decreto detalla la documentación que deberán presentar para solicitar esta acreditación y los plazos que ha establecido la institución para resolver el procedimiento, y entrará en vigor al mes de su publicación.

Enlace de acceso al DECRETO: http://simaes.org/wp-content/uploads/2020/06/20200623-BOJA-Decreto-81-2020-Acreditación-enfermería-medicamentos.pdf

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