EL GOBIERNO CONSIGUE APROBAR EL DECRETO DE INTERINOS “POR LOS PELOS” EN FORMA DE PROYECTO DE LEY, QUE PERMITIRÁ QUE CON 10 AÑOS DE ANTIGÜEDAD SE OCUPE PLAZA.

EL GOBIERNO CONSIGUE APROBAR EL DECRETO DE INTERINOS “POR LOS PELOS” EN FORMA DE PROYECTO DE LEY, QUE PERMITIRÁ QUE CON 10 AÑOS DE ANTIGÜEDAD SE OCUPE PLAZA.

EL GOBIERNO CONSIGUE APROBAR EL DECRETO DE INTERINOS “POR LOS PELOS” EN FORMA DE PROYECTO DE LEY, QUE PERMITIRÁ QUE CON 10 AÑOS DE ANTIGÜEDAD SE OCUPE PLAZA.

Pero todo queda empantanado hasta Octubre, porque aunque Hacienda acepta que los interinos, con más de 10 años ocupando una plaza pública por la que no han opositado, puedan obtener el estatus de funcionario sin opositar (art. 61 EBEP), habrá que esperar a la tramitación de un Proyecto de Ley y, aun así, para los sanitarios no se concreta una fecha de implementación.

22 Julio 2021

Recordando que la aplicación del Decreto de Interinos, tal y como la diseñó el Ministro Miguel Iceta, sería sólo factible dentro de un año para los sanitarios, hoy informamos que con un solo voto (170 por 169) y varias concesiones, se ha aprobado, en la forma de Proyecto de Ley, el contenido del Decreto mencionado. La norma, según el Gobierno, será tramitada el Octubre próximo, donde veremos si se mantiene el aplazamiento de efectividad para los sanitarios y si se incorporan “…las mejoras que planteen todos los grupos políticos para abordar un problema de una enorme complejidad, y que tiene una especial incidencia en las comunidades y entidades locales y en determinados sectores“, como ha adelantado la Ministra Montero.

El Decreto que Iceta firmó, con los sindicatos representativos, el pasado 6 de Julio, fue el Real Decreto-Ley de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público. Esta gestión parlamentaria supone por tanto que dicho RDL se tramitará como proyecto de ley por vía urgente.

La consecuencia será, cuando entre en vigor, que los empleados públicos que lleven más de 10 años en situación de interinidad en sus respectivas administraciones podrán estabilizar su plaza por un sistema ajeno al tradicional concurso-oposición, como recoge el artículo 61 del RDL 5/2015 Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP), que a continuación reproducimos:

Artículo 61. Sistemas selectivos.  Apartado 6. “Los sistemas selectivos de funcionarios de carrera serán los de oposición y concurso-oposición que deberán incluir, en todo caso, una o varias pruebas para determinar la capacidad de los aspirantes y establecer el orden de prelación. Sólo en virtud de ley podrá aplicarse, con carácter excepcional, el sistema de concurso que consistirá únicamente en la valoración de méritos.

El Gobierno ha intentado justificar la tramitación de este Decreto por la vía rápida por la necesidad de encontrar una “una solución efectiva y relativamente rápida en el tiempo a un problema que arrastramos desde hace años“, en tanto que la oposición les recrimina que el procedimiento que se intentaba seguir “no tiene justificación alguna, porque pretenden hacer pasar por urgente un problema que se evidencia que es estructural, y que se debería abordar como proyecto de ley, para darle una respuesta sosegada y consensuada“.

La titular de Hacienda ha declarado que el problema es consecuencia de las restricciones en la tasa de reposición de los últimos años, pero también “al farragoso proceso burocrático que mantiene pendientes de tramitación o resolución muchos procesos de estabilización de empleo en el sector público“.

Un debate significativo ha sido el de las cifras. El Gobierno ha hecho referencia a que 300.000 interinos podrían beneficiarse del proceso de estabilización, en tanto que la oposición hablan de unos 800.000 empleados. La diferencia es obvia, mientras el Gobierno suma solo los procesos de estabilización contemplados en las leyes de Presupuestos de 2017 y 2018, el resto contabiliza todo el contingente de interinos.

Finalmente debemos hacer mención al aplazamiento de la aplicación de la futura Ley para los sanitarios y que el Gobierno defiende que se mantenga en un plazo de un año, para adaptar su articulado al personal estatutario de los servicios autonómicos de salud. SIMAES considera que este plazo es excesivo y no tiene justificación, más aún cuando tenemos experiencia en cambiar normativa de la noche a la mañana, como en esta ocasión. Veremos qué ocurre en la tramitación del Proyecto de Ley, qué será de la llamada “bolsa de interinos”, cuál será el plazo de ejecución, cómo se implementaran las indemnizaciones y, sobre todo, como se CUMPLE la regulación.

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