EL TRIBUNAL SUPREMO SENTENCIA QUE NADIE PUEDE SER FUNCIONARIO SIN PASAR POR UNA PROCESO SELECTIVO.

EL TRIBUNAL SUPREMO SENTENCIA QUE NADIE PUEDE SER FUNCIONARIO SIN PASAR POR UNA PROCESO SELECTIVO.

EL TRIBUNAL SUPREMO SENTENCIA QUE NADIE PUEDE SER FUNCIONARIO SIN PASAR POR UNA PROCESO SELECTIVO.

Igualmente, reitera la doctrina que determina que los interinos con contrato único no tienen derecho a indemnización por cese.

08 Octubre 2020

No se puede ser funcionario sin superar un proceso selectivo público, esa es la conclusión de la Sentencia STS 2943/2020del Tribunal Supremo (TS) del pasado día 28 de Septiembre, en la que se desestimaba un recurso interpuesto por la Asociación de Interinos de Justicia y que es extrapolable a todos los funcionarios, incluidos los sanitarios.

En la sentencia el TS aclara que el tiempo de trabajo por cualquier interino no le otorga el derecho a participar en oposiciones restringidas, ni a ser funcionario de carrera automáticamente, exponiendo que “no se debe olvidar que la consolidación o estabilización del empleo temporal no puede suponer, porque lo impiden los artículos 14, 23.2 y 103.3 de la Constitución, convocatorias restringidas, ni la conversión en funcionarios de carrera de los que lo son interinamente, sino que han de conciliarse con el derecho de todos a acceder a la función pública”.

En otra sentencia, el TS ha denegado la indemnización a una Enfermera interina que tuvo una única relación de servicio y que fue despedida tras el nombramiento de la persona titular de la plaza, al considerar que en este caso concreto se debe de aplicar la doctrina ya aplicada en una sentencia del 28 de mayo pasado, en la que se determinó que “el cese de un funcionario interino, con una única relación de servicios, no determina derecho a indemnización de 20 días por año de trabajo desempeñado previsto en la legislación laboral y no en la legislación funcionarial”.

Enlaces de acceso a las sentencias:

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