EL PROYECTO DE RD DE ESPECIALIDADES PROPONE LA RECERTIFICACIÓN OBLIGATORIA PARA ESPECIALISTAS CADA 10 AÑOS.
EL PROYECTO DE RD DE ESPECIALIDADES PROPONE LA RECERTIFICACIÓN OBLIGATORIA PARA ESPECIALISTAS CADA 10 AÑOS.
Confirma que ser especialista de una profesión tiene su coste. Ya puede consultarse el Proyecto de RD de Especialidades, la norma que cambiará la FSE. Si quieres enviar aportaciones, se ha abierto un plazo de entre el 7 y el 29 de abril para hacerlo.
12 Abril 2021
Si se precisaba una prueba del coste de ser una especialidad de una profesión, ninguna mejor que esta. El Ministerio de Sanidad acaba de sacar a audiencia pública, después de numerosos atrasos, el proyecto legislativo que regulará la formación transversal sanitaria, la creación de nuevas especialidades o las nuevas normas para el acceso a plazas de Formación Sanitaria Especializada (FSE). Ya puede consultarse por tanto el texto del proyecto de Real Decreto por el que se regula la formación transversal de las especialidades en Ciencias de la Salud, antes de su publicación definitiva que, previsiblemente, será antes de finalizar el verano.
Puedes consultar el PROYECTO en el siguiente enlace: http://simaes.org/wp-content/uploads/2021/04/2021-Proyecto-RD-Especialidades-sanitarias-FSE.pdf
El borrador establece que quienes tengan títulos de especialista y ACE deberán recertificar sus competencias, es decir, el Ministerio de Sanidad quiere poner en marcha la recertificación obligatoria de competencias para los profesionales sanitarios. El problema es que, formalmente, España no tiene ningún proceso oficial de recertificación de competencias, ni siquiera voluntario.
Concretamente se establecería que “los especialistas en Ciencias de la Salud deberán someterse a un procedimiento de recertificación de las competencias como especialista cada 10 años, por el procedimiento que determine la persona titular del Ministerio de Sanidad“. La misma puntualización se indica para quienes obtengan un título que acredite su formación en un área de capacitación específica (ACE), que vendría a acreditar una superespecialidad.
El nuevo Real Decreto establece una vía transitoria para acceder al diploma para aquellos profesionales que demuestren una experiencia ejerciendo las funciones correspondientes a la ACE de al menos 5 años en los 7 anteriores a la entrada en vigor de la norma que regule la “formación continuada acreditada relacionada con el contenido del área de capacitación específica”.
La creación de nuevas especialidades y ACE la iniciará el Ministerio de Sanidad a propuesta de “una o varias sociedades científicas de carácter nacional válidamente constituidas en relación con el área de conocimiento o por la consejería con competencias en formación sanitaria especializada de una comunidad autónoma”, o de la comisión nacional de la especialidad.
Respecto a la revisión de los títulos de especialista, de los diplomas de área de capacitación específica y de los programas de formación, el proyecto indica que “cada 10 años, como máximo, las comisiones nacionales de especialidad o los comités de área de capacitación específica elaborarán un informe de viabilidad en el que se justificará detalladamente que dicha especialidad o área de capacitación específica responde a las necesidades del sistema sanitario, a la evolución de los conocimientos científicos y que se encuentra adaptada a las directrices derivadas de la normativa comunitaria sobre la materia. En este informe se incluirá la necesidad de revisión o actualización del correspondiente programa formativo oficial.”
Para obtener el diploma de una Area de Acreditación Específica (ACE) será necesario estar en posesión del título de especialista correspondiente y “acreditar un mínimo de 2 años de ejercicio profesional efectivo en la especialidad”, duración que podrá modificarse posteriormente.
Esta es la segunda vez que se abre trámite de consulta pública, en la anterior se enviarón 335 aportaciones, 163 por parte de asociaciones y sociedades científicas. Ahora, para enviar aportaciones se abre un plazo de entre el 7 y el 29 de abril, que deben dirigirse al buzón habilitado (informacion.publica@mscbs.es), escribiendo el siguiente asunto en el correo: DG/SND/22/21 APORTACIONES + NOMBRE DE LA ENTIDAD O PERSONA.
FORMACIÓN: Se resalta “la importancia que tiene la adquisición de una serie de competencias comunes para el ejercicio profesional de los especialistas”, considerando que es fundamental garantizar que ”adquieran, y mantengan durante todo su ejercicio profesional, un conjunto de competencias transversales imprescindibles para la prestación de una asistencia sanitaria de calidad, eficiente y con seguridad para el paciente”, mencionando que competencias como “los principios y valores del SNS, la bioética, la equidad, la medicina basada en la evidencia, la seguridad de los pacientes y los profesionales, la comunicación clínica, el trabajo en equipo, la metodología de la investigación o el uso racional de los recursos diagnósticos y terapéuticos sin duda incrementarán la calidad de la atención sanitaria”.
CREACION/SUPRESIÓN DE TITULACIONES: Se establece un nuevo procedimiento para crear, revisar y, en su caso, suprimir los títulos de especialista en ciencias de la salud y los diplomas de área de capacitación específica, especificando que para crearse un nuevo titulo formativo, éste “debe responder, a criterios como las necesidades de salud de la población o la evolución de los conocimientos científicos y tecnológicos, evitando la fragmentación de la formación de los profesionales y de la asistencia sanitaria como consecuencia de la creación de títulos de especialista o de diplomas de área de capacitación específica”.
FSE: Actualiza la normativa que regula las pruebas de acceso a plazas de formación sanitaria especializada, “manteniendo las características generales de estas pruebas…”, confirmando que “tanto la elección como la adjudicación de plaza se llevará a cabo en los actos de adjudicación mediante medios electrónicos”.
Se trata de recabar especialmente las aportaciones (ser consultados) de las CCAA, de la Comisión de Recursos Humanos del SNS, del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, y de los Colegios:
- Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos,
- Consejo General de Colegios Oficiales de Farmacéuticos,
- Consejo General de Colegios de Odontólogos y Estomatólogos,
- Consejo General de Colegios Veterinarios,
- Consejo General de Colegios Oficiales de Enfermería de España,
- Consejo General de Colegios de Fisioterapeutas,
- Consejo General de Colegios de Terapeutas Ocupacionales,
- Consejo General de Colegios Oficiales de Podólogos,
- Consejo General de Colegios de Ópticos-Optometristas,
- Consejo General de Colegios de Logopedas,
- Consejo General de Colegios Oficiales de Dietistas-Nutricionistas,
- Colegio Oficial de Biólogos,
- Consejo General de Colegios Oficiales de Químicos,
- Colegio Oficial de Doctores y Licenciados en Ciencias Físicas y
- Consejo General de Colegios Oficiales de Psicólogos
(sin comentarios)
Más información: https://www.diariomedico.com/medicina/medico-joven/mir/estos-serian-los-criterios-para-aprobar-nuevas-especialidades-y-ace.html